Frontera Biotecnológica
ISSN: 2448-8461

Guía para evaluadores
Los artículos candidatos a ser publicados en la revista serán evaluados por dos evaluadores anónimos. Cada evaluador deberá leer atentamente el manuscrito y emitir un informe justificado y argumentado en torno a la conveniencia o no de su publicación, incluyendo sugerencias y orientaciones para su mejora, en caso que se considere necesario. Los aspectos que deben analizarse son los siguientes:
- Claridad, relevancia y novedad del tema y del problema analizado
- Fundamentos y bibliografía (Marco teórico y antecedentes)
- Metodología de recopilación y análisis de datos (sólo cuando se tratan de investigaciones con datos empíricos) (muestra, instrumento, procedimiento, etc.)
- Estructuración del discurso (argumentación, coherencia, hilo conductor, etc.)
- Conclusiones y perspectivas de continuidad:
- Implicaciones para la práctica divulgativa/educativa
- Redacción, corrección gramatical:
- Oportunidad del título, del resumen y de las palabras claves
- Formato, presentación y extensión
- Otros
El dictamen concluirá con una de las siguientes decisiones: a) Publicar tal como está; b) Se necesitan revisiones; c) Reenvíar de nuevo; d) No publicar.
En caso de que no haya acuerdo entre los dos revisores, se recurrirá a un tercero.
En un plazo máximo de TRES SEMANAS se comunicará a sus autores los resultados de la evaluación, con indicación de la aceptación o no del mismo o, en su caso, con la propuesta correspondiente de modificaciones.
Reglamento del Comité Editorial
- Artículo 1°.
- El presente reglamento tiene por objeto normar la integración, organización y funcionamiento del Comité Editorial.
- Artículo 2°
- Todas las publicaciones que sean elaboradas con auspicio del CIBA, con la participación de una o varias personas, y de acuerdo a ley Federal de Derechos de Autor, pasarán a formar parte del patrimonio de dicha institución.
- Artículo 3°
- Toda obra a publicar en FRONTERA BIOTECNOLÓGICA tendrá que ser sometida a la consideración del Comité Editorial para su aprobación y dictaminación.
- Artículo 4°
- El Comité Editorial tiene como objeto elaborar la política de FRONTERA BIOTECNOLOGICA y aprobar los procedimientos de registro, selección, dictaminación, edición y divulgación editorial con apego a la normatividad politécnica.
- Artículo 5°
- Son atribuciones del Comité Editorial:
- Reglamentar las disposiciones generales.
- Aprobar los lineamientos y criterios editoriales.
- Determinar las normas para la recepción, dictaminación, edición, impresión y distribución de la revista.
- Autorizar la edición, reedición y reimpresión de obras.
- Autorizar las colaboraciones y convenios en materia editorial.
- Las demás que le señale la ley o sus reglamentos.
- Artículo 6°
- Son obligaciones del Comité Editorial:
- Notificar al colegio de profesores sobre su integración y cambios en su composición.
- Remitir su reglamento al Consejo Editorial de FRONTERA BIOTECNOLÓGICA.
- Informar al Consejo Editorial acerca de los dictámenes emitidos, cuando le sean solicitados.
- Informar a la Oficina del Abogado General sobre cualquier anomalía o ilícito que se cometa en la materia.
- Notificar a la Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial, así como a la Dirección de Asuntos Jurídicos, la suspensión o modificación de publicaciones periódicas.
- Hacer una evaluación anual de la revista.
- Las demás que deriven de ley y sus reglamentos o le sean solicitadas por la Dirección.
Reglamento del Comité Editorial
- Artículo 7°.
- El Comité Editorial se integrará por un número variable siempre impar de mínimo siete miembros, entre los que estará el titular del CIBA, con voz y voto de calidad; miembros internos y externos de la dependencia y miembros que residen en el extranjero, así como el responsable del Área de Publicaciones, quien no tendrá voto.
- Artículo 8°.
- Podrán ser miembros del Comité todas las personas que sean designadas e invitadas por el titular del CIBA. El nombramiento o remoción de los miembros serán hechos por el titular de la dependencia y el Comité podrá hacer propuestas en ese sentido.
- Artículo 9°.
- Los miembros del Comité tendrán los siguientes tipos de pertenencia.
- Miembros de cargo: aquéllos asignados a los cargos recomendados por el Consejo Editorial y aprobados por el propio Comité.
- Miembros internos: profesores de la dependencia.
- Miembros externos: académicos y/o especialistas, invitados externos a la dependencia.
- Pertenecientes a la comunidad politécnica y a otras instituciones que tienen que ver con la profesión o el área de la Biotecnología.
- Miembros externos que residen en el extranjero o en otras ciudades de la república mexicana; Son personas especialistas que pertenecen a escuelas o instituciones formativas de Biotecnología y que participan sólo con voz, pero no con voto.
Reglamento del Comité Editorial
- Artículo 10°.
- El titular de la dependencia fungirá como Presidente del Comité Editorial.
- Artículo 11°.
- El Comité Editorial, como una distinción honorífica, elegirá entre sus miembros a la persona que funja como Secretario General, quien sustituirá a la presidencia en caso de ausencia.
- Artículo 12°.
- La persona responsable del Área de Publicaciones fungirá como Secretario Técnico y podrá auxiliarse de un Secretario de Actas.
- Artículo 13°.
- La presidencia del Comité Editorial tiene como funciones:
- Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias.
- Someter a la consideración del Comité las obras a publicar.
- Someter a votación los acuerdos.
- Promover y vigilar el buen funcionamiento del Comité Editorial.
- Dar seguimiento a los acuerdos del Comité Editorial
- Artículo 14°.
- La Secretaría General tiene como funciones:
- Asumir la presidencia del Comité en ausencia del titular de la dependencia.
- Apoyar en la coordinación de las sesiones ordinarias y extraordinarias.
- Apoyar a la Presidencia en el desahogo de la agenda.
- Fungir como enlace del Comité Editorial ante las instancias académicas y las dependencias editoras.
- Las demás que le sean solicitadas por el Comité Editorial y la Dirección de la Escuela.
- Artículo 15°.
- La Secretaría General tiene como funciones:
- Proponer políticas en materia editorial.
- Diseñar y proponer estrategias de planeación y evaluación de la actividad editorial y de promoción y comercialización.
- Operar los acuerdos del Comité Editorial.
- Convocar a las sesiones de trabajo.
- Informar a la presidencia del Comité Editorial sobre el avance de los acuerdos emitidos por éste.
- Las que le sean asignadas por el Comité Editorial y la Dirección de la Escuela.
- Artículo 16°.
- Son funciones de la Secretaría de Actas:
- Preparar el orden del día de las sesiones del Comité y los documentos correspondientes.
- Enviar oportunamente al Comité los documentos correspondientes a cada sesión.
- Informar sobre los avances de los acuerdos emitidos por el Comité Editorial.
- Preparar los comunicados para la difusión de las disposiciones acordadas por el Comité.
- Las demás que le sean asignadas por el Comité Editorial o la Dirección de la Escuela.
Reglamento del Comité Editorial
- Artículo 17°.
- El Comité Editorial podrá realizar sesiones ordinarias y extraordinarias.
- Artículo 18°.
- Las sesiones ordinarias se realizarán cada dos meses, previa convocatoria a sus miembros, con un mínimo de 10 días y con el envío de la documentación sobre los asuntos que se abordarán en el orden del día, ya sea por correo electrónico o por mensajería. Se eximirán de la convocatoria la solicitud por casos urgentes.
- Artículo 19°.
- Las sesiones ordinarias serán válidas con un número del cincuenta por ciento de los miembros más uno, tomando en consideración sólo a los miembros que residen en la región donde se encuentra ubicado el CIBA en caso de no alcanzar el quórum se emitirá primera y segunda convocatoria en los 20 y los 40 minutos subsiguientes respectivamente.
- Artículo 20°.
- Los miembros externos que residen en el extranjero o en el interior del país serán previamente consultados para que puedan emitir su opinión sobre los asuntos a tratar en las sesiones ordinarias y extraordinarias.
- Artículo 21°.
- Los acuerdos y resoluciones que emita el Comité serán tomados en un primer momento por consenso y en segundo momento por mayoría simple en votación abierta. En caso de empate, la Presidencia del Comité tendrá derecho a ejercer voto de calidad.
- Artículo 22°.
- Las sesiones extraordinarias se convocarán en cualquier tiempo que se requiera y cuando lo amerite el caso. Se convocarán con el tiempo prudente a su realización, el cual no será menor a tres días y sólo se tratará el asunto de urgencia o importancia que motivó dicha convocatoria.
- Artículo 23°.
- En cada sesión ordinaria y/o extraordinaria, la Secretaría de Actas levantará un acta, debidamente circunstanciada que deberá contener los acuerdos que fueron tomados en dicha sesión. La misma deberá ser enviada a los miembros del Comité para su revisión, y aprobada en la siguiente sesión, en la cual será firmada por todos los miembros presentes.
Reglamento del Comité Editorial
- Artículo 24°.
- Los convenios o contratos que se celebren en materia editorial estarán firmados por el titular de la dependencia, deberán contar con el visto bueno de la Dirección General de Publicaciones y ser aprobados por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del IPN.
- Artículo 25°.
- Se podrán celebrar convenios en material editorial referidos a los siguientes aspectos:
- Artículo 26°.
- Para determinar el tipo de convenios a celebrar, se recurrirá a la asesoría de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del IPN.
Dictamen
A la hora de valorar artículos, se solicita de los evaluadores que sean minuciosos, incluso en aspectos de forma referentes a erratas, corrección de citas, errores de puntuación, espacios, acentos, etc. Es éste un aspecto que la revista agradece y valora muy especialmente de la labor de los evaluadores, pues es consciente del engorro y laboriosidad que todo ello acarrea. Las normas de publicación puede encontrarlas en:
Descargar lineamientos editoriales
Se ruega encarecidamente que el informe se remita en un plazo máximo de UNA semana.
Por último y no menos importante, solicitar que se ponga especial cuidado en comprobar que el manuscrito y su contenido es coherente con el código ético y de buenas prácticas de publicación al que se adhiere la revista:
Muchas gracias por tu colaboración:
El editor
Dr. Víctor Eric López y López
rfronterab@ipn.mx